La Ley N° 26.743 de Identidad de Género fue sancionada el 9 de Mayo del año 2012
¿Qué contempla?
– Se reconoce a la Identidad de Género como un derecho y se define como «la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente y puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo»
– Establece el derecho a la identidad de género de las personas, así como al trato digno y al libre desarrollo, incluida la identificación en los instrumentos que acreditan identidad.
– Fija el cambio registral de nombre e identidad de género de forma gratuita y sin la intervención judicial
– Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.
– Prevé el acceso a tratamientos hormonales e intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar el cuerpo a la identidad de género autopercibida.
– Desde 2021, además de modificar el género, se incorpora la posibilidad de optar por la nomenclatura «x» en el Documento Nacional de Identidad.
La Legislatura de nuestra provincia sancionó la ley N° 6178 de adhesión a la Ley Nacional N° 26743 de Identidad de Género en el año 2020.
Esta fecha nos convoca a renovar nuestro compromiso de trabajo por los derechos y la inclusión de las diversidades, como parte de una sociedad más igualitaria e inclusiva.