ANSES: YA SE PUEDE ACCEDER AL TRAMITE DE MORATORIA PREVISIONAL

El Decreto de Moratoria posibilitará a aquellas personas con la edad jubilatoria que no llegan a cumplir con los 30 años de aportes, acceder al beneficio previsional.

Aun mes de haberse aprobado la Ley N°27.705, Plan de Pago de Deuda Previsional, finalmente se reglamentó y se publicó en el Boletín Oficial el decreto 173/2023 de Moratoria que le posibilitará a aquellas personas con la edad jubilatoria, pero que no llegan a cumplir con los 30 años de aportes, poder jubilarse mediante un plan de pagos (Unidad de Pagos). Además se verán beneficiadas aquellas personas a las que les falte hasta 10 años para llegar a la edad jubilatoria, pero saben que no llegarán a completar esos 30 años exigidos por la ley (unidad de cancelación).

Para concretar el trámite, la Administración Nacional de la Seguridad Social evaluará la situación socio patrimonial del solicitante antes de otorgarle el beneficio, estimándose que, en esta primera etapa de la ley, se vean beneficiados más 800 mil argentinos y argentinas.

La moratoria podrá abarcar dese 2 a 120 cuotas que variarán según la realidad económica del solicitante, ya que la reglamentación indica que el monto de la cuota no deberá exceder el 30% del monto vigente del haber mínimo. Recorda que el Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

¿Qué es la Unidad de Pago?

Se refiere a quienes tengan la edad jubilatoria y necesiten regularizar años, para este caso se podrán comprar aportes desde los 18 años de edad hasta diciembre de 2008 inclusive. La cuota de la moratoria será descontada del haber jubilatorio y nunca podrá exceder el 30% de ese monto. La deuda podrá abonarse en hasta 120 cuotas. Como requisito para acceder a este beneficio previsional es calificar en la evaluación de la situación patrimonial, para lo que se llevará a cabo un cruce de datos de ANSeS y AFIP y la documentación que se le exija a las personas interesadas. Se tendrán en cuenta los ingresos brutos anuales percibidos por el solicitante; los Bienes Personales, si cuentan con automotores, créditos prendarios, aeronaves, embarcaciones; y los gastos y/o consumos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito».

Cómo realizar el trámite?

Accedé al Plan de Pago de Deuda Previsional en 3 simples pasos. Recordá que el trámite es gratuito y no necesitas intermediarios.

Paso 1: Solicitá un turno On line, para ser atendido en una de nuestras oficinas:

-https://www.anses.gob.ar/

-Sistema de Turnos

-Deberás seleccionar el trámite o la categoría de trámite según tu necesidad de turno:

-En este caso “Solicitud de Jubilación”

Paso 2: Presentate en ANSES

-El día del turno se actualiza y acreditan tus datos personales.

-Se realiza una evaluación socioeconómica sobre tus ingresos, gastos y patrimonio.

-En función de este resultado y según la cantidad de períodos de deuda que debas cancelar, una trabajadora o trabajador de ANSES te va a explicar a qué tipo de Plan de Pago vas a poder adherir.

Si estás de acuerdo, vas a poder aceptar el Plan de Pago y, a partir de ahí, comenzaremos los procesos administrativos necesarios para que puedas acceder a tu jubilación.

Paso 3: Tu jubilación ya fue otorgada

Se va a notificar que tu jubilación ya fue otorgada a través de SMS o correo electrónico. También vas a tener la posibilidad de consultar a través de mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social el estado de tu trámite.

Una vez que te hayamos notificado, vas a poder visualizar tu fecha y lugar de cobro en mi ANSES.

¿Qué tenes que saber si sos mujer?

Si sos mujer y tenés hijas y/o hijos, revisá que tus vínculos familiares estén actualizados y acreditados en mi ANSES. En caso de que no los tengas actualizados, el día del turno vas a tener que traer tu DNI y las partidas de nacimiento de cada una de tus hijas e hijos para poder computar los períodos de aportes por Tareas de Cuidado.

Las mujeres con hijos, que no lleguen a regularizar la totalidad de la deuda, se les reconocen años de servicios por tareas de cuidado. Es decir, un año de servicio por cada hijo; 2 años de servicios por cada hijo adoptado. Se adicionará un año de servicio por hijo con discapacidad y 2 años si ha sido beneficiaria de la AUH.

En caso de que tengas certificaciones de servicio de actividades laborales que hayas realizado, recordá traerlas.

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