LO CONDENARON A 9 AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSAR SEXUALMENTE DE UNA
MENOR DE EDAD EN PALMA SOLA

El Juzgado Especializado en Violencia de Género Nº 5 de San Pedro de Jujuy
condenó a un sujeto, identificado como L.J.J., a la pena de nueve años de prisión de
cumplimiento efectivo por considerarlo penalmente responsable del delito “abuso sexual con
acceso carnal”; ilícito cometido en Palma Sola contra una niña de 13 años de edad.
La pena fue aplicada en una única audiencia de juicio abreviado, tras el acuerdo al
que arribaron el Fiscal, Dr. José Alfredo Blanco; el acusado, asistido por su abogado
defensor, Dr. Carlos Corrado; con la participación del querellante, Dr. Luís Rojas, del Centro
de Asistencia a la Víctima; de la Dra. Marcela Adriana Soria, Defensora Oficial de Niños
Niñas y Adolescentes; y la asistencia de la Dra. María Belén Mayans, secretaria de Cámara
a cargo de la Oficina de Gestión Judicial de San Pedro de Jujuy.
La sentencia condenatoria fue dictada el pasado 29 de noviembre del corriente año,
por la jueza Especializada en Violencia de Género con funciones de control, Dra. Liliana
Francisca Pellegrini, quien homologó el acuerdo al que arribaron las partes y ordenó el
alojamiento definitivo del condenado en el Servicio Penitenciario Provincial.
Además, la magistrada dispuso que a través de la Oficina de Gestión Judicial se
oficie al Registro Nacional de Datos Genéticos de delitos contra la Integridad Sexual para
que realice la extracción de muestras genéticas del condenado a fin de que se lo incluya en
el mismo.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, el hecho por el cual fue condenado L.J.J. ocurrió
el 9 de enero de 2022, a las 9 horas aproximadamente, en una vivienda ubicada en la
localidad de Palma Sola, donde el hombre abusó sexualmente de una niña de 13 años de
edad.
Vídeo conferencia
La audiencia se realizó por vía remota a través de video conferencia por medios
informáticos en la plataforma de la Oficina de Gestión Judicial, que permitió la comunicación
bidireccional y simultánea de imagen y sonido e interacción visual, auditiva y verbal entre los
intervinientes, asegurando la posibilidad de contradicción y el derecho de defensa con
respecto a la declaración registrada.
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas – Poder Judicial de Jujuy

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